Como una de las ventajas en costes que supone la implantación de una sede electrónica con todas las garantías legales se encuentra la posibilidad de publicar en ella las citaciones para las notificaciones tributarias por comparecencia, ya que hasta hace poco era obligatoria su publicación en el boletín oficial de la provincia.
El artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, establece que cuando no sea posible efectuar la notificación por causas no imputables a la Administración tributaria se citará al interesado o a su representante para ser notificados por comparecencia.
La citación habrá de efectuarse mediante anuncios, que se publicarán por una sola vez para cada interesado, en los que se indique someramente el contenido del acto pendiente de notificar y el lugar donde los interesados podrán comparecer, en el plazo que se establece, para conocimiento del mencionado acto y constancia de tal conocimiento, produciéndose entonces la notificación propiamente dicha.
El artículo 45 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, da nueva redacción al artículo 112 de la Ley General Tributaria estableciendo la posibilidad de utilizar como medios alternativos de publicación, a los solos efectos de los anuncios de citación para comparecer y sin afectar al régimen de notificaciones, la sede electrónica del organismo correspondiente y el Boletín Oficial del Estado o boletines de las Comunidades Autónomas o de las provincias.
El Ayuntamiento de Lorca viene realizando estas notificaciones en sede desde el pasado mes de Julio. Se estima con esta medida un ahorro muy importante para las arcas municipales en el pago de los anuncios o edictos por comparecencia que hasta ahora se venían publicando, por imperativo legal, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, al ser sustituidos estos por anuncios electrónicos a publicar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Lorca.
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